ORIGINALES

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 15.1a) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

Las ordenanzas son normas municipales de obligatorio cumplimiento, su tipología puede ser tan amplia como la propia actividad local a través de ellas regulada. Se aprueban por el pleno del Ayuntamiento.

Ordenanzas Generales: regulan las actividades de los ciudadanos y sus relaciones con la Administración Municipal.​

  • Factura electrónica (Consultar ordenanza)
  • Normas reguladoras de los ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Plasencia de Jalón (Consultar ordenanza)
  • Establecimiento o modificación de precios públicos por este Ayuntamiento o los Organismos  Autónomos y Consorcios que dependan de él (Consultar ordenanza)

Ordenanzas Fiscales: Las ordenanzas fiscales son las normas que regulan los impuestos o tributos de carácter obligatorio; las tasas o precios públicos que gravan el uso de determinados servicios.Cada uno de ellos requiere de una ordenanza en la que se determinará que sujetos deben de pagar, el concepto del pago y las bases que sirven para calcular la cuantía del impuesto o tarifa del mismo. Materias: Reguladora de tributos, generales de gestión, recaudación e inspección, urbanísticas y de construcción.

Impuestos

Tasas

  • Tasa por prestación del servicio de piscinas (Consultar ordenanza)
  • Gestión, recaudación e inspección piscina (Consultar ordenanza)
  • Tasa por distribución de agua, incluidos derechos de enganche, colocación y utilización de contadores (Consultar ordenanza)
  • Tasa por el servicio de voz pública (Consultar ordenanza)
  • Tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentren gravados por el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (Consultar ordenanza)
  • Tasa por tendidos, tuberías y galerías para las conducciones de energía eléctrica, agua, gas o cualquier otro fluido, incluidos los postes para líneas, cables, palomillas, cajas de amarre, de distribución o de registro, transformadores, rieles, básculas, aparatos para venta automática y otros análogos que se establezcan sobre vías pública o terrenos de dominio público local o vuelen sobre los mismos (Consultar ordenanza)
  • Tasa por tránsito de ganado (Consultar ordenanza)
  • Tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico (Consultar ordenanza)
  • Tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mesas y sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa (Consultar ordenanza)
  • Tasa por la prestación del servicio de vacunación antirrábica (Consultar ordenanza)
  • Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase (Consultar ordenanza)
  • Tasa por cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter local (Consultar ordenanza)

​*Fuente de información: Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y Gobierno de Aragón. Administración local.

Última actualización el jueves, 14 de noviembre de 2024 a 11:29